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108. PANETE. La Justicia y los cangrejos.

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| Texto: Luis Suárez Ávila.

José Luis Suárez La O, Panete, es gitano e hijo de Juana la del Cepillo. Nació en El Puerto de Santa María hace más de sesenta y siete años. Pertenece a una estirpe cantaora que ha conservado un impresionante corpus de romances épicos e históricos por tradición oral, conocidos como "Corridos". Ha actuado en diferentes universidades españolas y extranjeras, además de en festivales, fiestas particulares, ciclos y Congresos Internacionales sobre el Romancero de Tradición Oral.

José Luis Suárez La O, Panete, is of gipsy lineage and the son of Juana la del Cepillo. He was born in El Puerto de Santa María more than sixty-seven years ago. He comes from a flamenco singing family who has preserved an amazing collection of epic and historic oral ballads, known as "Corridos". He has performed in several Spanish and foreign universities, as well as at festivals, private parties, series of talks and International Conferences on the Oral Ballad.

cangrejomariquita_puertosantamariaEn cierta ocasión tuvo un serio percance con un abnegado cabo del Benémerito Instituto Armado de la Guardia Civil, a causa del cual tuvo que defenderse mediante escritos que ha  conseguido esta página para el conocimiento general. Copia de estos escritos fueron publicadas, en su día, en Diario de Cádiz y en boletines de algunos Colegios de Abogados españoles. El escritor y pregonero Francisco Montero Galvache, en Diario de Jerez se hizo eco de la injusticia que con Panete se pretendía cometer. Nótese la fina ironía, la retranca y la guasa de los escritos. Y los finales de cachondeo, en alusión al anterior régimen político, para sacar de sus casillas a los responsables socialistas de la Junta de Andalucía del momento, el año 1997.

PRIMER ESCRITO. Dirigido al Delegado Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía en Cádiz.

JOSÉ LUIS SUAREZ LA O, más conocido por el apodo de "PANETE", mayor de edad, casado, pensionista y sobrevividor, vecino de El Puerto de Santa María, en calle Espelete, 8, D.N.I. 31.289.606-S, ante V.E. comparezco y respetuosamente tengo el honor de EXPONER:
Que con fecha 2 del presente mes de mayo se me ha notificado acuerdo de iniciación de

EXPEDIENTE SANCIONADOR NUMERO CA 49/97 PM. (Cítese al contestar)

por el que se me dan quince días para hacer alegaciones y lo que considere conveniente para mi defensa, lo que hago por medio del presente escrito y en el sentido siguiente:

  1. Sabido es que desde tiempo inmemorial, nosotros, los llamados gitanos, somos practicantes del "IUS USUS INNOCUI", institución de derecho consuetudinario, ya consagrada en la Biblia, concretamente en el Levítico, y basada en el principio general del Derecho que se enuncia así "quod tibi non nocet, et allii prodest non prohibetur".
  2. El día ocho del mes de marzo del presente año, me encontraba yo en el muelle pesquero de esta Ciudad de El Puerto de Santa María, tratando de coger algunos cangrejos para el sustento mío y de mi familia. Y, hete aquí, que un cabo del Benemérito Instituto de la Guardia Civil, se me acercó y me dijo que qué hacía. Yo le dije que cogiendo unos cangrejos. Él los vio. Se puso a escribir, con ese don que tienen los que están investidos de autoridad y mando y, por lo visto, ha escrito que yo estaba practicando "la pesca marítima de recreo, sin licencia y captura de especies prohibidas".
  3. Ni yo practico el marisqueo, por recreo, sino para llevar unos cangrejitos a mi casa, ni yo practico la pesca marítima, ni tengo embarcación, ni aparejos, ni cañas, ni nada que se le parezca, ni tan siquiera pesco especies prohibidas.
  4. El Cabo de la Guardia Civil está errado. Porque la naturaleza jurídica de los cangrejos comunes que yo estaba mariscando, es la de "res nullíus" y, por tanto, no son de nadie, sino del que los halla y coge y los hace legítimamente suyos.
  5. Tampoco se trataba dejar sin cangrejos el mar. Somos cinco personas en la familia y practicamente acostumbro a llevar media docenita de cangrejos para cada uno, o sea treinta cangrejos, no de los llamados "moros", ni de los conocidos como "barriletes", ni incluso "peñiscos", ni "nécoras", ni "coñetas", sino vulgares cangrejos verdes que llaman "mariquitas". Así que, dividiendo por dos el número de los aprehendidos, no suponen más que quince "parejas de hecho", dado el apelativo con claras connotaciones de desvío sexual con que se les llama.
  6. Todos los días no cojo cangrejos, sino que, cuando hay espárragos, cojo espárragos; cuando hay tagarninas, tagarninas; cuando hay caracoles, caracoles y cuando hay cabrillas, cabrillas. De esta forma, a mi menguada pensión mensual de 15.900 pesetas, que no me alcanza ni para comprar chochitos, la voy ayudando con el inocente ejercicio del "IUS USUS INNOCUI".
  7. En esta penosa situación, V.E. comprenderá que con cinco en la casa, una propuesta de multa de 14.000 pesetas, una pensión mensual de 15.900 pesetas y la afición literaria de un Cabo de la Guardia Civil, no puedo vivir, ni dormir, desde que he recibido el papel con la propuesta de iniciación del expediente sancionador que V.E., con tanto esmero y corrección, me ha enviado.
  8. Para colmo de los colmos, en la notificación que V.E. me manda, hay un revoltijo de Reglamentos, Reales Decretos, Ordenes Ministeriales, Leyes, etc. etc. que cualquiera que lo lea se vuelve loco de remate; que no parece sino que, para coger cangrejos, haya que estudiar una carrera.

Por todo ello,
SUPLICO A V.E. tenga por presentado este escrito, lo admita y en virtud de las alegaciones hechas, se acuerde el sobreseimiento y archivo del expediente, con todos los demás pronunciamientos favorables que, por Ley, deban hacerse.
Así lo espero de V.E. cuya vida guarde Dios muchos años y San Pelé se lo aumente en Gloria.

Por Dios, por España y su Revolución Nacional Sindicalista.
El Puerto de Santa María, para Cádiz, a 9 de mayo de 1997.

Pero la cosa no acaba aquí, Panete envía de nuevo un segundo y tercer escrito tanto al Delegado Provincial, al rebajar la sanción a 7.000 pesetas y otro al Director General de Acuicultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Panete deseaba llegar al Tribunal Superior de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, para allí se le hiciera justicia. Pero las autoridades autonómicas, en aras a evitar el cachondeo sostenido de Panete, unido a una serias razones históricas y jurídicas que le protegían,
desistieron de multarlo. El cachondeo hubiera sido mayúsculo si el recurso hubiera sido visto en sede judicial.

El segundo y tercer escrito pueden leerse en los comentarios de esta nótula. Merecen la pena. Creanme.

Con motivo de la conferencia que impartió Luis Suárez Avila, sobre el Romancero de Tradición Oral, en el año del Aniversario del Quijote,  Panete (a la izquierda de la fotografía) actuó en el Círculo de Bellas Artes de Madrid, el guitarrista es Jesús Núñez y el otro Juan de los Reyes Pastor. Entre el público se encontraban primeras figuras del cante y el baile, a los que Suárez invitó a subir, actuando de palmeros de lujo de nuestro personaje: Pepe el Habichuela, su mujer Amparo Niño --hija del Bengala-- y su hijo, Josemi, de Ketama,. Josemi y Amparo Niño, su madre, son descendientes del mítico cantaor gitano portuense, nacido en 1819, Pedro Niño Boneo "El Brujo" y sobrina tataranieta de Juan José Niño López (El Puerto 1859) | Fotografía: Andrés de Gabriel. 16 de junio de 2005

13 comentarios en “108. PANETE. La Justicia y los cangrejos.

  1. Alfonso

    No me cabe la menor duda de la autoría de los recursos. Son demasiadas pistas, demasiada retranca por tratarse de su homónimo, pero si él pide no ser nombrado habré de respetarlo.

  2. Antonio

    Anoche a las 10, fallecía en El Puerto José Suárez La O, Panete, hijo de una estirpe de cantaores flamencos. Sus restos mortales se encuentran en el tanatorio municipal. Descanse en Paz.

  3. marian

    ole ese luis que arte tiene muy bien dicho lo que tiene ke decir vamos valla por unos cangrejitoo ni k fuera una langosta jajajaja eres una maquina y buena persona y al resto son tonteria ,

  4. juan manuei garcia salmeron

    aguelo soy tu nieto juanito er de la rosa ma kedao flipao cuando he leio esto ke te paso eske ere un makina picha. estoy mu bien a be si me paso averte un diita kuxame no se por ke yono levo suarez

  5. loren

    ¿EL AUTOR DE LOS ESCRITOS,PODRIA SER, LUIS SUAREZ, EL ABOGADO DE LA CALLE SAN JUAN,O EL HERMANO DE DON LUIS BOOTELLO EL MEDICO? LO DIGO POR QUE ERAN MUY AMIGOS DE GITANOS COMO,LUIS PANETE,MI TIO ORILLO Y MUCHOS MAS.

  6. Agustín

    No hay nada como las cosas bien dichas y con sentido del humor. Si Panete tiene arte, más tiene el autor de los recursos. Viva la gracia de El Puerto!

  7. Redacción

    Efectivamente no fue el Sr. Montero Galvache el autor de los recursos. Ni creo que lo puediera parecer, tal y como está redactado.
    Otrosí: el autor de los recursos no ha querido que figure su nombre.

  8. Alfonso XVI

    En el texto inicial parece como si los recursos los hubiera redactado Francisco Montero Galvache cuando se hace eco del caso en un artículo del Diario de Jérez. Nada de eso.

    Conozco perfectamente al autor de los recursos.

  9. Alfonso XV

    Copia del último recurso llegó a las manos de la Comisaria Europea de Pesca Sra. Bonino que habla perfectamente español.

  10. Alfonso XIV

    Hacía tiempo que no me reía tanto. Gracias a quien hizo los escritos que evitaron la multa a Panete y que tan buen rato me ha hecho pasar.

  11. Panete

    TERCER ESCRITO Dirigido al Sr. Director General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. SEVILLA.

    JOSÉ LUIS SUÁREZ LA O, más conocido por el apodo de "PANETE", mayor de edad, casado, pensionista sobrevividor, vecino de El Puerto de Santa María, en calle Espelete, 8, D.N.I. número 31.289.606-S, ante V.I. comparezco y tengo el honor de EXPONER:
    Que se ha dado traslado de resolución dictada por el Delegado Provincial de Cádiz de la Consejería de Agricultura y Pesca en el

    EXPEDIENTE CA-49 / 97 P M
    (Cítese al contestar)

    por el que desoyendo todos los argumentos de mis dos anteriores escritos (que acompaño a este como Documentos número uno y dos), se resuelve se me imponga una sanción de siete mil pesetas.
    Como en el pie de recursos se me advierte que puedo interponer el RECURSO ORDINARIO, en el plazo de un mes ante V.I., lo hago por medio de este escrito y, en base a lo siguiente:
    PRIMERO.- Doy por reproducidos los anteriores escritos de fechas 9 de mayo de 1997 y de 18 de julio de este propio año, al que se unían una serie de documentos que igualmente doy por reproducidos.
    SEGUNDO.- Como quiera que la supuesta falta que se me imputa no fue consumada, sino frustrada por un diligente cabo del Benemérito Instituto Armado de la Guardia Civil, debe aplicarse por analogía el artículo 15.2 del Código Penal vigente, según el cual "Las faltas sólo se castigarán cuando hayan sido consumadas".
    TERCERO.- Debo explicar otra vez en qué consistió la frustación de la supuesta falta. Como se dice en mi escrito de fecha 18 de julio del presente año, en su apartado CUARTO:
    " El diligente cabo.... cuando celosamente me tomó los datos, se encargó de devolver a la mar salada los 30 cangrejos comunes denominados "mariquitas" que yo tenía recolectados./ Puede decirse, por tanto que la salida del agua de los vulgarísimos crustáceos, no fue sino eventualísima, temporal, efímera y provisional, puesto que, por obra y gracia del abnegado cabo, volvieron al poco tiempo a su medio natural./ Es de tener también en cuenta que los citados crustáceos no sólo viven en el mar sino que también andan, por cierto para atrás, por la tierra, aunque también es verdad que por la zona más próxima a la marea./ En cualquier caso, la bolsita e red donde los guardaba no se apartó nunca de la zona marítimo terrestre, permanecieron con vida y, vivitos y coleando, fueron devueltos al mar./ Así pues,
    al medio natural no se le ha hecho agravio alguno, ni tan siquiera por el paseito fuera del agua que le he dado a los cangrejos./ Más aún, debo destacar que, si algún trauma ha quedado a tan suculentos animales, ha sido el verse arrojados inmisericordemente por el aire --medio ambiental que no les es propio--, para ser devueltos al mar, sin aviso previo y de modo airado y vehemente, por el cabo actuante, y el inesperado impacto de sus cuerpos sobre la superficie del agua, lo que les ha añadido sufrimientos innecesarios".
    CUARTO.- Un hecho más quiero hacer resaltar y es que el cabo del Instituto Armado al que he hecho referencia, antes de nada, al verme, me preguntó si yo era moro, o extranjero, al contemplar mi tez cobriza, aceitunada y mis rasgos ciertamente exóticos.
    Es evidente que soy gitano de nacimiento, ya lo he dicho en mis anteriores escritos. Es decir, de una raza que convive con la población castellana desde, por lo menos los albores del siglo XV, cuando los Duques del Pequeño Egipto Menor entraron con sus súbditos en España y fueron agasajados nada menos que por las Cortes de Aragón, por el Rey Juan II, por el condestable Don Miguel Lucas de Iranzo y colaboraron, en buena medida a la conquista del reino de Granada, al ejercitarnos en la herrería y servir las balas para la incipiente artillería cristiana, que ya, en el siglo anterior, Don Alfonso el Onceno padeció, por primera vez, de los moros en el cerco de Gibraltar.
    No tengo que decir que el pago que hemos padecido de los poderes públicos desde la ignominiosa Pragmática de Medina del Campo dictada por los Reyes Católicos en 1499, hasta la de 1783 de Carlos III, nos colocaron en situación de desesperación y, sin embargo, fuimos necesarios para dar alas a las galeras, que surcaban los mares de España, y participamos con nuestros fuertes brazos, a lograr el éxito de la más alta empresa que vieron los siglos, como dijo Cervantes de la batalla gloriosa de Lepanto, frente al turco.
    Tan necesarios fuimos, que no se nos expulsó , como a los moriscos y a los judíos, pero se nos llenó de oprobio y padecimientos, no sólo en las galeras, sino en los arsenales y en las minas del azogue.
    Todas estas vejaciones no son, desde luego comparables con el intento de multarme tan injustamente, como se pretende.
    Es evidente que no sólo me exculpan mi excusable ignorancia, sino también el estado de necesidad manifiesta en que me encuentro.
    De ambas cuestiones he tratado en mis anteriores escritos que, por haberlos acompañado y darlos por reproducidos, no debo insistir innecesariamente en ellas.
    QUINTO.- No debo entrar en una cuestión, ciertamente espinosa, porque, en cierto modo, atañe a la progresía andante de Andalucía, de la que Vd. por el cargo que ocupa, deberá ser un buen ejemplar.
    Si a la progresía, le conviene que estemos aquí, como carátula tópica de la españolidad, que nos alimente; que no nos dé esas pensiones de hambre. Porque la progresía bien que se alimenta con honorarios de fuste y tronío, diciendo paridas sobre los gitanos, como hace unos días en Jerez, los ilustres y progresistas Félix Grande y José Manuel Caballero Bonald, que no se habrán ido de rositas, sino con viajes, estancias, almuerzos y colaciones y desayunos pagados, a más de importantes honorarios cobrados por decir cuatro lugares comunes y cuatro vaciedades, como ciertamente han hecho.
    SEXTO.- A quienes desde tiempo inmemorial, como es el caso de mi familia y de mí mismo, conservamos una rara especie de romances de la tradición oral, de tipo épico e histórico, inhallables en otros lugares del mundo hispánico, ni siquiera entre los judíos sefarditas, que los progresistas alaban como cosa única, me extraña que no permitan que se extingan por inanición de sus pocos y escasos portadores.
    Y digo esto porque, para que mi familia coma, con la menguada pensión mensual de 15.900 pesetas (que generosamente me otorgó el Partido Socialista Obrero (?) Español cuando estaba en el Gobierno del Estado), no tengo más remedio que acudir al ejercicio inocente del "ius usus innocui" y ayudarme con higos de tuna, con cangrejos, con tagarninas, con cabrillas, con caracoles y con lo que sea. Porque lo prefiero antes de ver a mi gente sin nada que llevarse a la boca.
    SÉPTIMO.- En otro orden de cosas, no entiendo cómo me aplican, para establecer la sanción que me quieren imponer, un Reglamento de 1963 y una Ley de 1961. Vds., que han chillado tanto en Parlamentos, en medios de comunicación, en foros diversos, denigrando a las leyes obsoletas y franquistas, se atreven a utilizarlas para sancionar conductas totalmente legítimas. Han tenido Vds. catorce años de Gobierno en el Estado y bastantes más en la Junta de Andalucía para evitar todo esto y mucho más y no lo han hecho.
    OCTAVO.- Vergüenza debiera dar que, ante el despilfarro que se palpa en la Administración, se quiera hundir, con una sanción que importa la mitad de su pensión mensual, a un pobre gitano que no tiene de dónde tirar, por coger, de modo bien provisional, unos treinta cangrejos "mariquitas".
    No aspiro a que se revoque la resolución que recurro. No entraría dentro del esquema que tengo forjado. Tan sólo deseo llegar al Tribunal Superior de Andalucía, Sala de lo Contencionso-Administrativo, con sede en Sevilla, para allí se me haga justicia.
    Por todo ello, e invocando el artículo 15.2, por analogía, del vigente Código Penal y las eximientes de ignorancia inexcusable y estado de necesidad,
    SUPLICO A V. I. tenga por presentado este escrito con los que se acompañan, lo admita, tenga por interpuesto en tiempo y forma RECURSO ORDINARIO y, con reclamación del expediente de referencia a la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en Cádiz, se dicte, la resolución que tenga a bien, porque hecho estoy a todo.
    El Puerto de Santa María, para Sevilla, a 1 de octubre de 1997 (Día del Caudillo).

  12. Panete

    SEGUNDO ESCRITO Dirigido al Delegado Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía en Cádiz.

    JOSÉ-LUIS SUÁREZ LA O, cuyas circunstancias personales constan en
    Expediente CA-49/97 P M (Cítese al contestar)

    ante V.E. comparezco y tengo el honor de exponer;
    Que con fecha 3 del presente mes de julio he recibido propuesta de resolución en el expediente de referencia, otorgándoseme quince días hábiles, a contar desde el siguiente recibo de la misma, para que formule alegaciones y presente los documentos que estime pertinente, lo que hago por medio del presente escrito y en el sentido siguiente:

    PRIMERO.- Doy por reproducidos todos los argumentos de mi escrito de fecha 9 de mayo último.-
    SEGUNDO.- En la prensa provincial (Diario de Cádiz y Diario de Jérez) se ha dado amplio eco a las alegaciones que en su día hice, incluso publicando el escrito en su integridad y, plumas tan notables como Don Francisco Montero Galvache, han comentado la noticia, afeando, desde luego, la conducta de quienes son capaces de sancionar hechos como el que estamos comentando. Acompaño fotocopia de recortes de prensa a que hago referencia.
    TERCERO.- Para mejor acreditar mis ingresos, adjunto a este escrito y, para vergüenza de la Administración Pública, fotocopia de cuál es el importe íntegro de mi pensión por invalidez. La que percibo del Instituto Social de la Marina antes de 1.996, es decir, cuando el Gobierno de la Nación lo ostentaba el Partido Socialista Obrero Español (al que sin duda pertenecerá V.E. por el cargo que tiene como Delegado de la Junta de Andalucía), era de 14.185.- pesetas mensuales.
    Ahora mi invalidez, conseguida a golpes de mar, embarcado en un buque de pesca, por una bronquitis asmática, me reporta, al mes, la cantidad de 15.900 pesetas.
    Me imagino que con esa cantidad V.E. comprenderá que no me es posible sacar adelante una familia compuesta por cinco personas. Al menos entiendo que V.E. no sería capaz, acostumbrado, como estará, sin duda, a más holgada economía, justa recompensa a los méritos que le adornan para ostentar un cargo tan notable.
    CUARTO.- El diligente cabo del Benemérito Instituto Armado de la Guardia Civil cuando celosamente me tomó los datos, se encargó de devolver a la mar salada los 30 cangrejos comunes denominados "mariquitas" que yo tenía recolectados.
    Puede decirse, por tanto, que la salida del agua de los vulgarísimos crustáceos, no fue sino eventualísima, temporal, efímera y provisional, puesto que, por obra y gracia, del abnegado cabo, volvieron al poco tiempo a su medio natural.
    Es de tener también en cuenta que los citados crustáceos no sólo viven en el mar sino que también andan, por cierto para atrás, por la tierra, aunque también es verdad que por la zona más próxima a la marea.
    En cualquier caso, la bolsita de red donde los guardaba no se apartó nunca de la zona marítima terrestre, permanecieron con vida y, vivitos y coleando, fueron devueltos al mar. Así pues, al medio natural no se le ha hecho agravio alguno, ni tan siquiera por el paseito fuera del agua que le he dado a los cangrejos.
    Más aún, debo destacar que, si algún trauma ha quedado a tan suculentos animales, ha sido el verse arrojados inmisericordemente por el aire --medio ambiental que no les es propio--, para ser devueltos al mar, sin aviso previo y de modo airado y vehemente, por el cabo actuante, y el inesperado impacto de sus cuerpos sobre la superficie del agua, lo que les ha añadido sufrimientos innecesarios.
    QUINTO.- Quien lea el expediente, como quiera que en él se dice textualmente que yo estaba "practicando la pesca marítima de recreo", pensará, sin duda, que yo navegaba en el yate de Palomino, en el de Mario Conde, o inclusive con Felipe González en el "Azor". Nada de eso. En honor a la verdad, debo aclarar que yo estaba descalzo, sobre las escolleras, al lado del muelle pesquero de El Puerto de Santa María, provisto solamente de un trozo de red y mis manos.
    Si "recreo" es llegar uno a su casa con los pies despedazados, llenos de cortes de las cáscaras de ostiones y de las lapas, y sin cangrejos, deberá V.E. explicarme qué es lo que es una fiesta. Porque, a mi entender, no lo comprendo, ni comparto su autorizada opinión.
    SEXTO.- Para nosotros, los gitanos, carentes de toda instrucción y analfabetos, el único medio de información es la tradición oral y la memoria. Si a ello unimos la imposibilidad de adquirir --por nuestra falta de medios materiales-- repertorios de legislación, sólo al alcance de otras economías y del conocimiento de los letrados, debe considerarse excusable la ignorancia, por mi parte, de tantos Reales Decretos, Ordenes Ministeriales y Leyes como se mencionan en el escrito de propuesta de resolución.
    Igualmente y, habida cuenta de mis escasos ingresos, es aplicable la eximente de estado de necesidad.
    Es conocido que dicha eximente tuvo cabida en la legislación española de modo tímido, enteco y angosto primeramente en el Código Penal de 1848, pero también es cierto que se ha desarrollado en posteriores reformas y por la jurisprudencia siempre que se actúe a instancias o impulsos del estado de precariedad, penuria o indigencia en que se halle la persona o su familia.
    SÉPTIMO.- Ha sido para mí una grata sorpresa que la multa que se proponía al iniciar el expediente de 14.000.- ptas., haya sido reducida en la propuesta de resolución que contesto a la de 7.000.- ptas. Ni siquiera ahora estoy conforme. Sólo me alienta el pensamiento de poder llegar con este expediente al Tribunal Superior de Andalucía Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla y, llegado el caso, a instancias superiores, para hacer valer mis derechos.
    Por todo lo cual,
    SUPLICO A V.E. tenga por presentado, en tiempo y forma, este escrito con los documentos acompañados, lo admita y en virtud de las alegaciones y pruebas presentadas dictar la resolución que estime conveniente, en conciencia, que me da absolutamente igual.
    Así lo espero.
    El Puerto de Santa María, para Cádiz, en la señalada fecha del 18 de julio de 1.997.-

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